Puntos críticos globales en la lucha contra la contaminación plástica
1. Posicionamiento de la Convención sobre Plásticos
En septiembre de 2021, Perú y Ruanda se unieron a más de 30 países para presentar una propuesta para un Instrumento Internacional Jurídicamente Vinculante sobre la Contaminación Plástica a la Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, proponiendo el lanzamiento de un Comité Intergubernamental de Negociación (CNI) para formar un instrumento internacional jurídicamente vinculante desde la perspectiva de la gestión del ciclo de vida completo de los plásticos. En octubre de 2021, Japón presentó una propuesta para un Instrumento Jurídico Internacional sobre la Contaminación Plástica Marina, proponiendo En enero de 2022, India presentó una propuesta para un Marco para Abordar la Contaminación de Productos Plásticos, incluidos los Productos Plásticos de un Solo Uso, que propone centrar el problema de la contaminación plástica en un enfoque en el que la acción autónoma de los países miembros sea el foco principal, complementada con la acción voluntaria de la comunidad internacional. El tema se debatió en detalle en la Quinta Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. Aunque la conferencia finalmente adoptó la decisión de iniciar el CNI bajo la fuerte insistencia de docenas de países y regiones como la UE, pero el propósito y el enfoque de la convención seguirán siendo el foco de las discusiones posteriores.
2. Determinación de la naturaleza del convenio sobre plásticos
La Quinta Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente debatió la naturaleza de la convención propuesta; es decir, se debatió animadamente sobre sus aspectos jurídicamente vinculantes: si la nueva convención debería ser obligatoria y jurídicamente vinculante, si debería ser una medida voluntaria como el Acuerdo de París, o si ambas.
Rusia se opuso a la propuesta estadounidense de que el INC considere "con compromisos jurídicamente vinculantes y no vinculantes" al desarrollar un instrumento internacional jurídicamente vinculante. La UE prefiere reemplazar "compromisos" con "disposiciones" y cuenta con el apoyo de Estados Unidos, Brasil y Chile. Perú sugirió utilizar el lenguaje acordado del Convenio de Minamata sobre el Mercurio, que "podría incluir disposiciones jurídicamente vinculantes y no vinculantes," y recibió apoyo mayoritario. Esto fue apoyado por la mayoría de los países. Aunque existe un amplio acuerdo entre los Estados miembros sobre el principio de disposiciones jurídicamente vinculantes y no vinculantes en el nuevo convenio, la disposición de los mecanismos es de hecho otro foco de futuras negociaciones.
3. Determinación del ámbito de aplicación del convenio sobre plásticos
Con respecto al propósito y alcance de la nueva convención sobre plásticos, la AOSIS y el Grupo Africano, con el apoyo de la Unión Europea, propusieron que el comité intergubernamental de negociación desarrollara un instrumento sobre la contaminación por plásticos, incluso en el medio marino. También se prefirió que el INC decidiera su propio alcance y eliminara la frase "incluso en el medio marino". Finalmente, el Grupo de Trabajo acordó que el INC desarrollaría un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre la contaminación por plásticos, incluso en el medio marino, que incluiría enfoques vinculantes y voluntarios, teniendo en cuenta los principios de la Declaración de Río, y se basaría en un enfoque integral del ciclo de vida para abordar la cuestión de los plásticos.